Posicionamiento sobre el uso de sujeciones en
adultos hospitalizados en unidades de cuidados intensivos
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[Comentario Eugenio de Zayas Alba]
Artículo Original:
Position statement on the use of restraint. British Association of
Critical Care Nurses, Nursing in Critical Care 2004; 9: 199-212. [PDF
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Introducción: Las medidas de restricción y
sujeción en pacientes hospitalizados en unidades de cuidados intensivos
suelen aplicarse en pacientes agitados, confusos o en estado de delirio
para prevenir la extracción accidental de tubos endotraqueales, catéteres,
etc. El uso de restricciones físicas y químicas como solución a estos
problemas confronta en ocasiones con la obligación de los profesionales de
asegurar el mantenimiento de la libertad, dignidad y autonomía de los
pacientes. Por otro lado, el uso de estas medidas puede inducir la
aparición de lesiones de distinta consideración.
Resumen: A modo de revisión sistemática, un
grupo de expertos designado por la sociedad británica de enfermeras de
cuidados intensivos (BACCN), examinó la literatura relacionada con el tema
de los últimos 15 años. Dicho análisis se estructuró en varias categorías:
consideraciones éticas y legales, terapias alternativas, factores
predisponentes y manejo de situaciones de riesgo, restricciones físicas y
químicas, perspectivas de pacientes y familiares, etc. Del estudio de las
evidencias encontradas se desprenden los siguientes posicionamientos:
-
El objetivo
de las restricciones es facilitar cuidados óptimos al paciente.
-
El uso de
restricciones no debe ser una alternativa ante recursos humanos o
ambientales inadecuados.
-
Las
restricciones sólo deben usarse cuando otras alternativas han demostrado
su ineficacia para obtener el resultado deseado.
-
La decisión
de usar o no las restricciones debe tomarse tras una valoración del
paciente por el equipo multidisciplinario.
-
Las unidades
de cuidados intensivos deben desarrollar y llevar a cabo protocolos /
guías que ayuden a las enfermeras y otros profesionales en este
proceso.
-
Las medidas
de restricción deben decidirse mediante herramientas de valoración
apropiadas, monitorizando su uso y posibles hallazgos.
-
En la
documentación o registro del paciente deberán reflejarse de forma clara
y concisa las decisiones, planes y el tratamiento adoptado.
-
El paciente y
su familia deberán ser consultados e informados de la razón por la cual
se han adoptado medidas de restricción.
-
En los
programas de formación, entrenamiento y competencia del personal deberá
incluirse la educación sobre medidas de restricción físicas, químicas y
psicológicas.
Comentario: La labor de los cuidadores, en
beneficio de los mejores intereses de los pacientes, debe acogerse a unas
normas aceptadas y estandarizadas que minimicen la variabilidad de la
práctica clínica y que compensen riesgos y beneficios asociados con todas
las formas de restricción. Contando con que siempre será necesaria una
evaluación particular, a nivel general podría afirmarse que: 1) La
sujeción mecánica debería utilizarse solamente como último recurso, y sólo
cuando los beneficios potenciales sean mayores que el daño potencial; 2)
Si deben usarse restricciones, debería emplearse el nivel mínimo que
garantice la seguridad del paciente, o que facilite el tratamiento; y 3)
Una vez iniciada, la necesidad de sujeción mecánica debería ser revisada
regularmente.
José Manuel Velasco Bueno
Hospital Costa del Sol, Marbella, Málaga.
©REMI, http://remi.uninet.edu. Mayo
2005
Enlaces:
-
Martin B,
Maticen L. Use of Physical Restraints in Adult Critical Care: A
Bicultural Study. Am J Crit Care 2005 14: 133-142. [Resumen]
[Texto
completo]
-
JBI, 2002
Physical Restraint - Pt 1: Use in Acute and Residential Care Facilities,
Best Practice Vol 6 Iss 3, Blackwell Publishing Asia, Australia.
Traducción al castellano del Centro Colaborador Español del JBI. [PDF]
Palabras clave:
Sujeciones, Restricciones físicas y químicas, Cuidados Intensivos,
Enfermería.
Comentario Eugenio de
Zayas Alba
Estimado José Manuel Velasco Bueno:
Quedo impresionado de la sencillez,
importancia, profesionalidad y profundidad con que desarrolló el tema
acerca del posicionamiento sobre el uso de sujeciones en adultos
ingresados en unidades de terapia intensiva. Sus reflexiones invitan a
"despegarnos" del respirador, de cálculos de nutrición, parámetros
hemodinámicos, balance hidromineral y ajustes de terapéutica para
acercarnos a las necesidades y verdaderas indicaciones de la sujeción del
paciente crítico, créame que muchas veces nos alejamos del asunto, por
razones de conocimiento serio de sus componentes o por la tendencia a
preocuparnos por la técnica de punta que con frecuencia asoma en el
entorno.
Me siento obligado a comentar del tema, no
pensé que un intensivista reflexionara sobre esto, quizás por ser yo mismo
víctima de lo que comuniqué anteriormente y dejar solo a las enfermeras la
responsabilidad de discutir sobre el asunto.
No obstante, a raíz de una reclamación hace
poco tiempo, me introduje en el tema y entonces comprendí que merece la
misma atención y tiempo que otros temas de terapia, y al leer su artículo
puse sello final.
Ingresamos con frecuencia pacientes con
agitación psicomotriz, quizás por edema cerebral, hipertensión endocraneal,
disfunción encefálica por trastornos del medio interno o del equilibrio
acido-básico o con trastornos metabólicos y oxemia comprometida. La pauta
de su seguimiento y terapéutica generalmente está clara, pero ¿como
realizar su sujeción?, ¿Qué método emplear? ¿Cuál sería más apropiado en
cuanto a utilidad y beneficio?, ¿Qué intervalo de observación y revisión
establecemos para su monitorización?. Estas preguntas no siempre
encuentran respuestas seguras, quizás por la ausencia de protocolos
discutidos o de procesos hospitalarios que lo definan, acostumbramos a
verlo "lejos", y pensamos que deben estar comprometidos segundos y
olvidamos muchas veces que la orden de restringir es del médico que
recepciona al paciente.
En mayo del 2003, en la Revista Electrónica
de Enfermería, la profesora asociada Sandra Pérez González del Hospital de
Manacor (Mallorca) , publica un protocolo de restricción de movimientos,
que si bien no está restringido al paciente crítico alega que el abordaje
de pacientes que presentan trastornos de conducta agresiva y/o violenta es
una técnica que precisa de un mayor control del personal médico y
paramédico dado el potencial lesivo de auto y heteroagresividad, por lo
tanto, requiere un aprendizaje y unos conocimientos, que nos harán
comprender la ansiedad que provocan dichas conductas en la práctica
médica. Aclara que a la restricción de movimientos se acude en caso de
conducta violenta o de alto riesgo para la salud o la vida del propio
individuo y cuando otros medios se consideran inaplicables o han
fracasado. Sus indicaciones principales son bien definidas: conducta
violenta de un paciente que resulta peligrosa para él mismo o los demás,
agitación no controlable con medicamentos, amenaza para la integración
física por la negación del paciente a descansar, beber o dormir, etc.
Es muy importante, a mi juicio, no solo
saber restringir sino también los cuidados postrestricción: fijarse en la
seguridad de las restricciones pero garantizando su comodidad, se
observará el paciente cada 15 minutos, registrando su estado y conducta,
frecuente tendencia a autoretirarse la sonda nasogástrica, sonda vesical,
catéteres centrovenosos, venoclisis, etc., las restricciones son para un
período máximo de 8 horas, prolongable a un plazo que nunca debe durar más
de 48 horas y revisando en este caso cada 8 horas. Comunicar las
posibilidades de aspiración por sedación excesiva y las complicaciones que
generan los neurolépticos es siempre responsabilidad nuestra.
Para un paciente agitado con conducta
violenta el primer objetivo es su contención psíquica, mecánica y/o
química, siendo la segunda el último recurso terapéutico y debe adaptarse
a un protocolo ya establecido y realizarse por personal entrenado y
siempre que sea posible informar al paciente de cualquier actuación que se
prescriba y su motivo, estos principios de la práctica y ética médica son
bien explicados por el grupo de trabajo encabezado por la Dra. Margarita
M. Hernaz en el protocolo de contención, publicado en la página web de la
Asociación Nacional de Enfermeria de Salud Mental, Osakidetza, Servicio
vasco de salud.
Coincido plenamente en que estos métodos de
contención no deben indicarse como respuesta a una conducta inadecuada,
castigo por proceder inapropiado, rechazo al tratamiento, conveniencia del
equipo o déficit de recursos humanos o como vivencia del enfermo como
refuerzo de su conducta violenta.
Creo que el mensaje queda claro, la
necesidad inmediata de diseñar, discutir y aplicar protocolos de
restricción o contención debe ser herramienta útil a aplicar por todos los
que dirigimos unidades de atención al paciente crítico, es hora de
mirarnos por dentro y pensar que nuestro esfuerzo no toca el espacio que
merece el tema, que los que hoy educamos, pese a no contemplarse como
temática a evaluar en su programa de estudio, deben conocer que estos
métodos se realizan contra la voluntad del paciente, que el personal que
lo ejecuta tiene que tener el conocimiento suficiente para actuar sin
agravar y que el modo de hacerlo respete los derechos fundamentales del
paciente como persona.
Eugenio de Zayas Alba
Hospital Provincial MAD, Camagüey. Cuba.
©REMI, http://remi.uninet.edu. Mayo
2005.
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