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  Artículo nº 860
 

 

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Revista Electrónica de Medicina Intensiva
Artículo nº 860. Vol 5 nº 5, mayo 2005.
Autor: Jose Manuel Velasco Bueno

 

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Posicionamiento sobre el uso de sujeciones en adultos hospitalizados en unidades de cuidados intensivos

[Versión para imprimir] [Comentario Eugenio de Zayas Alba]

Artículo Original: Position statement on the use of restraint. British Association of Critical Care Nurses, Nursing in Critical Care 2004; 9: 199-212.  [PDF 151 Kb] [Artículos relacionados]

Introducción: Las medidas de restricción y sujeción en pacientes hospitalizados en unidades de cuidados intensivos suelen aplicarse en pacientes agitados, confusos o en estado de delirio para prevenir la extracción accidental de tubos endotraqueales, catéteres, etc.  El uso de restricciones físicas y químicas como solución a estos problemas confronta en ocasiones con la obligación de los profesionales de asegurar el mantenimiento de la libertad, dignidad y autonomía de los pacientes. Por otro lado, el uso de estas medidas puede inducir la aparición de lesiones de distinta consideración.

Resumen: A modo de revisión sistemática, un grupo de expertos designado por la sociedad británica de enfermeras de cuidados intensivos (BACCN), examinó la literatura relacionada con el tema de los últimos 15 años. Dicho análisis se estructuró en varias categorías: consideraciones éticas y legales, terapias alternativas, factores predisponentes y manejo de situaciones de riesgo, restricciones físicas y químicas, perspectivas de pacientes y familiares, etc. Del estudio de las evidencias encontradas se desprenden los siguientes posicionamientos:

  • El objetivo de las restricciones es facilitar cuidados óptimos  al paciente.

  • El uso de restricciones no debe ser una alternativa ante recursos humanos o ambientales  inadecuados.

  • Las restricciones sólo deben usarse cuando otras alternativas han demostrado su ineficacia para obtener el resultado deseado.

  • La decisión de usar o no las restricciones debe tomarse tras una valoración del paciente por el equipo multidisciplinario.

  • Las unidades de cuidados intensivos deben desarrollar y llevar a cabo  protocolos / guías que ayuden a las enfermeras y  otros profesionales en este proceso.

  • Las medidas de restricción deben decidirse mediante herramientas de valoración apropiadas, monitorizando su uso y posibles hallazgos.

  • En la documentación o registro del paciente deberán reflejarse de forma clara y concisa las decisiones, planes y el tratamiento adoptado.

  • El paciente y su familia deberán ser consultados e informados de la razón  por la cual se han adoptado medidas de restricción.

  • En los programas de formación, entrenamiento  y competencia del personal deberá incluirse la educación sobre medidas de restricción físicas, químicas y psicológicas.

Comentario: La labor de los cuidadores, en beneficio de los mejores intereses de los pacientes, debe acogerse a unas normas aceptadas y estandarizadas que minimicen la variabilidad de la práctica clínica y que compensen riesgos y beneficios asociados con todas las formas de restricción. Contando con que siempre será necesaria una evaluación particular, a nivel general podría afirmarse que: 1) La sujeción mecánica debería utilizarse solamente como último recurso, y sólo cuando los beneficios potenciales sean mayores que el daño potencial; 2) Si deben usarse restricciones, debería emplearse el nivel mínimo que garantice la seguridad del paciente, o que facilite el tratamiento; y 3) Una vez iniciada, la necesidad de sujeción mecánica debería ser revisada regularmente.

José Manuel Velasco Bueno
Hospital Costa del Sol, Marbella, Málaga.
©REMI, http://remi.uninet.edu. Mayo 2005

Enlaces:

  • Martin B, Maticen L. Use of Physical Restraints in Adult Critical Care: A Bicultural Study. Am J Crit Care 2005 14: 133-142. [Resumen] [Texto completo]

  • JBI, 2002 Physical Restraint - Pt 1: Use in Acute and Residential Care Facilities, Best Practice Vol 6 Iss 3, Blackwell Publishing Asia, Australia. Traducción al castellano del Centro Colaborador Español del JBI. [PDF]

Palabras clave: Sujeciones, Restricciones físicas y químicas, Cuidados Intensivos, Enfermería.

Comentario Eugenio de Zayas Alba

Estimado José Manuel Velasco Bueno:

Quedo impresionado de la sencillez, importancia, profesionalidad y profundidad con que desarrolló el tema acerca del posicionamiento sobre el uso de sujeciones en adultos ingresados en unidades de terapia intensiva. Sus reflexiones invitan a "despegarnos" del respirador, de cálculos de nutrición, parámetros hemodinámicos, balance hidromineral y ajustes de terapéutica para acercarnos a las necesidades y verdaderas indicaciones de la sujeción del paciente crítico, créame que muchas veces nos alejamos del asunto, por razones de conocimiento serio de sus componentes o por la tendencia a preocuparnos por la técnica de punta que con frecuencia asoma en el entorno.

Me siento obligado a comentar del tema, no pensé que un intensivista reflexionara sobre esto, quizás por ser yo mismo víctima de lo que comuniqué anteriormente y dejar solo a las enfermeras la responsabilidad de discutir sobre el asunto.

No obstante, a raíz de una reclamación hace poco tiempo, me introduje en el tema y entonces comprendí que merece la misma atención y tiempo que otros temas de terapia, y al leer su artículo puse sello final.

Ingresamos con frecuencia pacientes con agitación psicomotriz, quizás por edema cerebral, hipertensión endocraneal, disfunción encefálica por trastornos del medio interno o del equilibrio acido-básico o con trastornos metabólicos y oxemia comprometida. La pauta de su seguimiento y terapéutica generalmente está clara, pero ¿como realizar su sujeción?, ¿Qué método emplear? ¿Cuál sería más apropiado en cuanto a utilidad y beneficio?, ¿Qué intervalo de observación y revisión establecemos para su monitorización?. Estas preguntas no siempre encuentran respuestas seguras, quizás por la ausencia de protocolos discutidos o de procesos hospitalarios que lo definan, acostumbramos a verlo "lejos", y pensamos que deben estar comprometidos segundos y olvidamos muchas veces que la orden de restringir es del médico que recepciona al paciente.

En mayo del 2003, en la Revista Electrónica de Enfermería, la profesora asociada Sandra Pérez González del Hospital de Manacor (Mallorca) , publica un protocolo de restricción de movimientos, que si bien no está restringido al paciente crítico alega que el abordaje de pacientes que presentan trastornos de conducta agresiva y/o violenta es una técnica que precisa de un mayor control del personal médico y paramédico dado el potencial lesivo de auto y heteroagresividad, por lo tanto, requiere un aprendizaje y unos conocimientos, que nos harán comprender la ansiedad que provocan dichas conductas en la práctica médica. Aclara que a la restricción de movimientos se acude en caso de conducta violenta o de alto riesgo para la salud o la vida del propio individuo y cuando otros medios se consideran inaplicables o han fracasado. Sus indicaciones principales son bien definidas: conducta violenta de un paciente que resulta peligrosa para él mismo o los demás, agitación no controlable con medicamentos, amenaza para la integración física por la negación del paciente a descansar, beber o dormir, etc.

Es muy importante, a mi juicio, no solo saber restringir sino también los cuidados postrestricción: fijarse en la seguridad de las restricciones pero garantizando su comodidad, se observará el paciente cada 15 minutos, registrando su estado y conducta, frecuente tendencia a autoretirarse la sonda nasogástrica, sonda vesical, catéteres centrovenosos, venoclisis, etc., las restricciones son para un período máximo de 8 horas, prolongable a un plazo que nunca debe durar más de 48 horas y revisando en este caso cada 8 horas. Comunicar las posibilidades de aspiración por sedación excesiva y las complicaciones que generan los neurolépticos es siempre responsabilidad nuestra.

Para un paciente agitado con conducta violenta el primer objetivo es su contención psíquica, mecánica y/o química, siendo la segunda el último recurso terapéutico y debe adaptarse a un protocolo ya establecido y realizarse por personal entrenado y siempre que sea posible informar al paciente de cualquier actuación que se prescriba y su motivo, estos principios de la práctica y ética médica son bien explicados por el grupo de trabajo encabezado por la Dra. Margarita M. Hernaz en el protocolo de contención, publicado en la página web de la Asociación Nacional de Enfermeria de Salud Mental, Osakidetza, Servicio vasco de salud.

Coincido plenamente en que estos métodos de contención no deben indicarse como respuesta a una conducta inadecuada, castigo por proceder inapropiado, rechazo al tratamiento, conveniencia del equipo o déficit de recursos humanos o como vivencia del enfermo como refuerzo de su conducta violenta.

Creo que el mensaje queda claro, la necesidad inmediata de diseñar, discutir y aplicar protocolos de restricción o contención debe ser herramienta útil a aplicar por todos los que dirigimos unidades de atención al paciente crítico, es hora de mirarnos por dentro y pensar que nuestro esfuerzo no toca el espacio que merece el tema, que los que hoy educamos, pese a no contemplarse como temática a evaluar en su programa de estudio, deben conocer que estos métodos se realizan contra la voluntad del paciente, que el personal que lo ejecuta tiene que tener el conocimiento suficiente para actuar sin agravar y que el modo de hacerlo respete los derechos fundamentales del paciente como persona.

Eugenio de Zayas Alba
Hospital Provincial MAD, Camagüey. Cuba.
©REMI, http://remi.uninet.edu. Mayo 2005.

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última modificación: 01/07/2007